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Modelo 720 y Degiro: Guía para Residentes en España

¿Tu cartera en Degiro supera los 50.000 euros? Descubre si debes presentar el Modelo 720, qué cambió tras la sentencia de la UE de 2022 y cómo evitar errores.

Zune.Money TeamAugust 29, 20267 min read
Escritorio de madera clara con documentos fiscales ordenados, una taza de café y un portátil mostrando un gráfico de cartera en luz natural suave

Si tu cartera en Degiro valía más de 50.000 euros a 31 de diciembre, es probable que tengas que presentar el Modelo 720 antes del 31 de marzo. No es un impuesto. Es una declaración informativa sobre bienes en el extranjero, y bastantes inversores españoles en Degiro no saben que existe hasta que alguien se lo menciona en un foro, normalmente después de haber pasado ya el plazo.

La confusión tiene sentido. Degiro tiene interfaz en español, soporte en español, y para la mayoría de los efectos prácticos se siente como un bróker local. No lo es. Y esa diferencia importa para Hacienda.


Qué es el Modelo 720

El Modelo 720 es una declaración informativa anual que Hacienda exige a los residentes fiscales en España con bienes o derechos en el extranjero por encima de ciertos umbrales. Se presenta online, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. No paga impuesto alguno por sí mismo, ni genera una cuota a ingresar. Su función es que Hacienda sepa qué tienes fuera, no cobrarte por tenerlo.

Existen tres bloques independientes, cada uno con su propio umbral de 50.000 euros:

BloqueQué cubreUmbral
1Cuentas bancarias en el extranjero50.000 €
2Valores, acciones, fondos, seguros de vida extranjeros50.000 €
3Inmuebles o derechos sobre inmuebles en el extranjero50.000 €

Tu cartera de Degiro, si tiene acciones o fondos, entra en el bloque 2. El umbral se mide por bloque y se suma entre brókeres: si tienes 30.000 euros en Degiro y 25.000 en otro bróker extranjero, el bloque 2 combinado supera los 50.000 y hay que declarar el conjunto, no solo el exceso.

Por qué Degiro cuenta como "extranjero"

Degiro está registrado en los Países Bajos y regulado por la AFM holandesa. Para el Modelo 720, lo que determina si un activo es "extranjero" es dónde se custodia, no de qué país es la empresa que emitió la acción. Puedes tener Inditex o Iberdrola en tu cartera de Degiro y esas posiciones siguen contando como bienes en el extranjero, porque el bróker que las custodia no es español.

Este es el punto que más confunde a los inversores en foros como Rankia: asumir que, como la web está en español y las acciones a veces son españolas, no hay obligación de declarar. Degiro tampoco informa a Hacienda en tu nombre. La responsabilidad de presentar el Modelo 720, si corresponde, es enteramente tuya.

Qué cambió en 2022: la sentencia del TJUE

Hasta 2022, el Modelo 720 tenía fama merecida de ser desproporcionado. El régimen sancionador original incluía multas fijas de hasta 5.000 euros por cada dato no declarado, un recargo del 150% sobre el valor del bien, y la consideración del importe no declarado como ganancia patrimonial no justificada e imprescriptible.

El 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-788/19) declaró ese régimen contrario al derecho comunitario, por restringir de forma desproporcionada la libre circulación de capitales. España respondió con la Ley 5/2022, que eliminó ese régimen especial y lo sustituyó por el régimen sancionador general de la Ley General Tributaria:

  1. Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo de Hacienda: 10 euros por dato, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 10.000 euros.
  2. Presentación con errores dentro de un procedimiento ya iniciado por Hacienda: 20 euros por dato, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

El recargo del 150% y la imputación automática como ganancia no justificada desaparecieron. Lo que no desapareció es la obligación de presentar el modelo si superas el umbral. Algunos inversores interpretaron la sentencia como "ya no hace falta declarar", lo cual es incorrecto: cambió el castigo, no la norma.

Las cifras exactas pueden ajustarse por normativa futura. Compruébalas en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de presentar, sobre todo si te enfrentas a un procedimiento sancionador concreto.

Cuándo tienes que presentarlo (y cuándo no)

El plazo general es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se declara, así que el Modelo 720 sobre tu situación a 31 de diciembre de 2025 se presenta entre enero y marzo de 2026. Confirma la fecha exacta en la Sede Electrónica cada año, porque puede variar ligeramente.

No tienes que presentarlo todos los años solo por tener la cartera abierta. Una vez presentado, solo hace falta una nueva declaración de un bloque si:

  • Su valor combinado crece más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada.
  • Cambia la titularidad de un activo (por ejemplo, cierras una cuenta o abres una nueva posición de un tipo distinto).

Una cartera de Degiro que fluctúa con el mercado, pero se mantiene dentro de ese margen de 20.000 euros, no necesita una nueva presentación cada ejercicio. Esto es justo lo contrario de lo que mucha gente asume, y es una de las preguntas más repetidas en foros de inversión españoles.

No lo confundas con el Modelo 100 ni con el 721

El Modelo 720 informa sobre lo que tienes. El Modelo 100 (la Renta) es donde declaras lo que ganaste: dividendos, plusvalías por venta, y la deducción por doble imposición si Degiro te retuvo impuesto extranjero sobre esos dividendos. Son obligaciones separadas, con plazos separados, y presentar una no sustituye a la otra. Nuestra guía sobre la retención de dividendos en Degiro explica esa deducción y cómo funciona la retención en origen paso a paso.

Si además tienes criptomonedas en un exchange extranjero, esas se declaran en el Modelo 721, un formulario distinto con la misma lógica de umbral de 50.000 euros y el mismo margen de 20.000 euros para volver a presentar. No es relevante para una cartera de acciones o fondos en Degiro, pero conviene no mezclarlo si tu situación incluye ambos tipos de activo.

Errores comunes de inversores en Degiro

Los mismos fallos se repiten en foros como Rankia e Invertirenbolsa.info:

  • Pensar que la interfaz en español de Degiro implica que no hay obligación de declarar bienes extranjeros.
  • No sumar Degiro con otros brókeres extranjeros al calcular si se supera el umbral del bloque 2.
  • Seguir citando las multas de 5.000 euros y el recargo del 150% como si estuvieran vigentes, cuando ese régimen fue anulado en 2022.
  • Confundir el plazo del Modelo 720 (enero-marzo) con el de la Renta, que abre más tarde.

Saber si has cruzado el umbral de 50.000 euros exige mirar el valor de tu cartera exactamente a 31 de diciembre, no una estimación aproximada. El rastreador de cartera Degiro de Zune.Money muestra el valor histórico de tu cartera en cualquier fecha, así que comprobar tu posición de cierre de año lleva un minuto en lugar de reconstruir manualmente cada transacción del año.


Este artículo explica cómo funciona el Modelo 720 en términos generales. No es asesoramiento fiscal personalizado. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, especialmente si te encuentras cerca del umbral o has recibido un requerimiento de Hacienda, consulta con un gestor o asesor fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Mi cartera de Degiro cuenta como bien en el extranjero para el Modelo 720?

Sí. Degiro es un bróker con sede en los Países Bajos, así que tus valores custodiados ahí entran en el bloque 2 (valores extranjeros) sin importar si la acción es de una empresa española o no. Lo que determina la obligación es dónde se custodia el activo, no la nacionalidad del emisor.

¿A partir de qué cantidad tengo que presentar el Modelo 720 por mi cartera de Degiro?

Cuando el valor combinado de todos tus valores extranjeros (Degiro incluido, sumado a cualquier otro bróker extranjero) supere los 50.000 euros a 31 de diciembre. El umbral se evalúa por bloque, no por bróker individual.

¿Siguen existiendo las multas de 5.000 euros por dato no declarado en el Modelo 720?

No. El Tribunal de Justicia de la UE anuló ese régimen sancionador el 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19) y la Ley 5/2022 lo sustituyó por las multas generales de la Ley General Tributaria, mucho más bajas. La obligación de declarar sigue vigente, solo cambió el castigo por no hacerlo.

Si ya presenté el Modelo 720 el año pasado, ¿tengo que volver a hacerlo cada año?

Solo si el valor de un bloque sube más de 20.000 euros respecto a la última declaración, o si cambia la titularidad de un activo. Una cartera estable que se mueve por debajo de ese margen no necesita una nueva presentación cada ejercicio.

¿El Modelo 720 es lo mismo que declarar mis dividendos de Degiro en la Renta?

No. El Modelo 720 es puramente informativo, sobre el patrimonio que tienes en el extranjero. Tus dividendos y ganancias de Degiro se declaran aparte, cada año, en el Modelo 100 (la Renta). Son dos obligaciones distintas con plazos distintos.

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